JUICIO ORAL INSTALACIÓN

JUICIO ORAL

INSTALACIÓN, PRESENTACIÓN DEL CASO Y DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA PRÁCTICA PROBATORIA

Es la parte central y definitiva en torno a definir la responsabilidad o inocencia del acusado de acuerdo con la prueba legalmente incorporada y, la última oportunidad que tiene el acusado de reconocer su responsabilidad con la compensación de una sexta (1/6) parte de rebaja punitiva. Rebaja que se aplicará por los cargos aceptados ya que puede ser mixta su declaración de allanamiento (aceptar responsabilidad por unos cargos, declararse inocente por otros).

La audiencia no tiene un protocolo que se caracterice por varios elementos, como sí lo son las audiencias de formulación de acusación y preparatoria, basilares en la delimitación del tema de prueba y objeto del debate. De modo que, instalada y no aceptados los cargos por parte del acusado, se aborda la exposición de la teoría del caso por el ente acusador y por la defensa si ésta lo tiene a bien y, comienza la práctica de pruebas conforme al orden señalado por el juez en la audiencia preparatoria.

Importante señalar, que los elementos de conocimiento desconocidos para las partes que surjan en desarrollo de las pruebas, deben solicitarse como hechos sobrevinientes por quien tenga interés. Es una situación que surge de un medio de prueba y, para ser tenida en cuenta por el juez, debe ser objeto de confrontación.

Enlace de la sinopsis:

⇒ INSTALACIÓN, TEORÍA DEL CASO Y DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA PRÁCTICA PROBATORIA

Fin de la publicación

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